Un hotel alemán que tenía un contrato con Booking presentó una demanda por supuesto abuso de posición dominante ante un tribunal regional de su país, que dictaminó que no tenía jurisdicción territorial e internacional para juzgarlo.El Tribunal de Justicia de la Unión Europea (TJCE) dictaminó el martes que los establecimientos con un contrato con la plataforma de reservas online pueden demandar a la empresa en los tribunales del país en el que tienen su sede en algunos casos, incluido el abuso de posición dominante.
En respuesta a una pregunta preliminar del tribunal alemán, el más alto tribunal de la UE dejó claro que no siempre es necesario acudir a los tribunales de los Países Bajos, donde se encuentra Booking, para demandar a la empresa.
Un segundo tribunal confirmó el veredicto del tribunal alemán en la apelación, después de lo cual el hotel apeló al Tribunal Supremo Civil y Penal alemán, que decidió preguntar al Tribunal de Justicia Europeo cómo interpretar las normas europeas.
En el fallo de hoy, el juez de la Unión Europea dijo que los tribunales nacionales que se enfrentan a estas solicitudes deben considerar si es necesaria una interpretación del contrato entre el hotel y la reserva para determinar si la supuesta conducta es ilegal.
O si, por el contrario, no es necesario hacerlo, ya que la conducta de la que se le acusa se refiere al incumplimiento de una obligación general impuesta por la ley, independientemente del contrato.
En este último caso, la legislación europea establece que la acción debe entablarse ante los tribunales del país en el que se ha cometido o podría cometerse el daño.
El Tribunal de Justicia de las Comunidades Europeas señala que, dado que el hotel afirma que Booking ha infringido la legislación alemana en materia de competencia, que en general prohíbe el abuso de una posición dominante, independientemente de cualquier contrato u otro compromiso voluntario, no es indispensable interpretar el contrato entre las dos partes para determinar si la conducta de Booking fue lícita o ilícita.
Por lo tanto, considera que la reclamación presentada por el hotel alemán está cubierta por las normas que permiten la acción legal en el país donde se produjo el daño.
Los tribunales alemanes deben ahora resolver la controversia de conformidad con el fallo de hoy del Tribunal de Justicia de las Comunidades Europeas, que también obliga a todos los demás tribunales de la UE que se enfrentan a casos similares.